ACTIVIDADES
DEPORTIVAS Y RECREATIVAS
¿En qué
consiste?
Servicios que prestan
las Delegaciones Políticas para atender, canalizar, difundir, informar,
organizar, promover y llevar a cabo actividades deportivas y recreativas propias de la Delegación.
¿A quién
está dirigido?
A los residentes u organizaciones civiles o
educativas del Distrito Federal que soliciten su participación o realización en
cualquiera de las actividades.
¿Cuáles
son las áreas de atención?
Centros de Servicios y Atención
Ciudadana (CESAC)
Ubicados en las Delegaciones Políticas
Horario de atención: Lunes a Viernes de 9:00 a 14:00 horas
Consultar
directorio
¿Cuáles
son los requisitos?
Para solicitar la participación en cualquiera de las
actividades, los interesados deberán presentar su requerimiento en las áreas de
atención citadas, proporcionando los siguientes datos:
1. Nombre completo del solicitante o de la organización
ciudadana, vecinal o educativa que solicita el servicio
2. Domicilio del solicitante (calle y número, colonia,
delegación y Código Postal)
3. Teléfono y/o correo electrónico para aclaraciones y
notificaciones
4. Solicitud del servicio, especificando el tipo de actividad a
participar, la duración, el nombre y número de participantes, o bien para
informarse y/o canalizarse ante las instancias de su interés.
¿Cuál
es el formato requerido?
S/F
¿Cuál
es el tiempo de respuesta o realización del servicio?
Variable.
¿Cuál
es el costo?
Gratuito
¿Cuál
es el beneficio o resultado?
Garantizar la atención del desarrollo integral de las
personas a través de actividades físicas, culturales, de recreación y de
aquellas que desarrollen el civismo y los sentimientos patriotas, para una
mejor armonía colectiva
¿Dónde
se reportan las quejas o sugerencias?
HONESTEL al teléfono 5533-5533
¿Cuál
es el fundamento jurídico?
- Ley Orgánica de la Administración Pública del
Distrito Federal.- Artículo 39, fracción XLI, XLII y XLIII.
- Ley del Deporte del Distrito Federal.
- Ley de Fomento Cultural del Distrito Federal.
- Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito
Federal.- Artículo 6, fracción VIII; 9; 29, fracción I, II, III, IV V y
VI; 32; 34; 39, fracción VI; IX y X; 40; 43; 46; 52; 59; 86 y 87, fracción
I, II, III y IV.
- Reglamento Interior de la Administración Pública del
Distrito Federal.- Artículos 97, 122 bis, 128, fracción III, IV, V y VI.
- Reglas de operación y servicio de las instalaciones
deportivas y recreativas de las delegaciones políticas
¿Cuál
es el procedimiento?
1. El
usuario ingresa solicitud de actividad deportiva en el Centro de Servicios y
Atención Ciudadana (CESAC), para su captura en el Sistema y registro en el
Libro de Gobierno del CESAC.
2. Se
ingresa solicitud al sistema informático y se le asigna número de folio CESAC,
mismo que se entrega al ciudadano y al responsable del CESAC para su
seguimiento.
3. El
CESAC turna solicitud a la Unidad Administrativa Responsable, quien recibe y
revisa el expediente. Se prioriza el servicio público.
4. Se
emite resolución y fecha programada en la que se prestará el servicio.
5. Se
otorga el servicio solicitado.
6. La
Unidad Administrativa Responsable informa al CESAC de la atención y seguimiento
brindada al folio, y éste de acuerdo a lo informado, descarga en el sistema
informático y en el libro de Gobierno.
7. Se
concluye el procedimiento y se da por atendida la solicitud en el sistema.
Observaciones
El tiempo de respuesta o realización del servicio puede variar
de acuerdo a la demanda del servicio.